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ALGUNAS CUESTIONES SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE INVIOLABILIDAD DE LA PROPIEDAD PRIVADA: TIERRAS RURALES.

La presentación del proyecto de ley de “inviolabilidad de la propiedad privada” por parte del oficialismo en marzo del año en curso generó controversias y dudas tanto en el arco político opositor como en el ámbito académico y dirigencial de los distintos organismos.

Argentina es un país que sistemáticamente ha vulnerado su Carta Magna, un lugar donde las interpretaciones de la ley fundamental convierten a los derechos en prerrogativas relativas según la circunstancia o necesidad política. Como menciona el economista Roberto Cachanosky sobre la importancia y el rol de las instituciones, siguiendo esa línea de ideas se podría decir que las instituciones fuertes son de vital importancia para garantizar la seguridad jurídica, el valor de la moneda y para sostener el Estado de derecho. El Gobierno puede tener razón en que necesita reforzar la seguridad jurídica para atraer inversiones tras múltiples crisis, pero empecemos por garantizar instituciones fuertes que eviten cualquier atropello a la Constitución Nacional.

No obstante, resulta poco probable que el Estado chino pueda imponer sus normas en materia de territorialidad, cumplimiento ambiental o uso del suelo sin la complicidad del gobierno de turno del país receptor. Esa situación particular no parece ser el núcleo del debate en torno a la ley de tierras y la ampliación de los cupos para inversores extranjeros

Por otro lado, el encarecimiento de la tierra puede dificultar el acceso para los arrendatarios, aunque es improbable que genere un traslado inmediato a los costos de los alquileres en una primera etapa.

Ante las recientes novedades en el tratamiento del proyecto sobre la Inviolabilidad de la Propiedad Privada —que obtuvo media sanción en el Senado el día de ayer y aguarda ahora la revisión de la Cámara de Diputados—, cabe destacar una salvedad importante. Del texto finalmente aprobado se excluyeron dos capítulos, siendo uno de ellos precisamente el relativo a la Ley de Tierras Rurales que ha sido objeto de este análisis. La exclusión abre una nueva etapa de incertidumbre sobre cómo se abordará el debate en torno a los límites de la propiedad extranjera en la agenda parlamentaria venidera.

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