Nuevos tramites simplificados de SENASA
Con la Resolución Senasa N.° 806/2025, el SENASA (publicada el día 21/10/2025 el Boletín Oficial) creó el listado de locales y/o playas de lavado, que incluye a los establecimientos que prestan servicios de higiene y desinfección de vehículos que transportan animales vivos.
Según informa SENASA los requisitos para entrar en el listado son:
- Completar y presentar una declaración jurada ante el SENASA
- Los ya registrados deben presentar una declaración jurada dentro de los 90 días corriendo desde la publicación en el boletín oficial.
La resolución informa que se implementara a partir del 1 de enero del 2026 un nuevo modelo del Certificado Único de Lavado y Desinfección (CULyD).
La Res.N.° 806/2025 , en su artículo 15 y 16 detalla que:
- El certificado será expedido por los titulares/responsables de los Locales y/o Playas de Lavado y Desinfección de Vehículos de Transporte Terrestre de Animales Vivos enlistados.
- Debe acompañar al transporte de animales vivos en forma permanente desde su expedición y ser presentado ante el requerimiento de la autoridad competente, siendo ello una obligación del transportista de los animales.
- Tendrá una validez de SETENTA Y DOS HORAS (72 h) desde la fecha de su expedición o, en su defecto, hasta que se realice una nueva carga de animales en pie en ese mismo vehículo.
- Se podrá solicitar la extensión del vencimiento en cualquier Oficina del SENASA;
- Importante: no podrá ser utilizado por ningún transporte más que por aquel al que le fuera otorgado originalmente.
- En cuanto a su expedición: Su expedición será por duplicado , el original se entregará al transportista y el duplicado quedara en poder del titular del establecimiento de lavado y desinfección. Él cual deberá ser ingresado en el en el Sistema Integrado de Gestión de Lavaderos (SIGLAVA).Se emitirá con un código individual único otorgado por el SIGLAVA, conformado por el año en curso, el número identificatorio del Local y/o Playa de Lavado y Desinfección y el código de identificación individual propiamente dicho del certificado.
- Importante: El número identificatorio en su totalidad debe permitir relacionar el certificado con UNA (1) única desinfección de UN (1) vehículo en una determinada fecha.
- Canales de expedición: 1) por autogestión a través del SIGLAVA y 2) en formato papel, con un plazo de 7 días para subirla al sistema informático.
A partir del 1 de abril de 2026, solo será válido como comprobante del lavado y desinfección el CULyD otorgado por autogestión a través del SIGLAVA.Se deberá informar en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA), al momento de gestionar el DT-e, el número de CULyD del vehículo involucrado en el traslado de animales vivos y/o mercancías de origen animal.
MODELOS DE DECLARACION JURADA Y CERTIFICADO UNICO DE LAVADO Y DESINFECCION (CULyD) DEL ANEXO 1 Y 2 DE LA RES. SENASA N. ° 806/2025





